Los tribunales han comenzado a delimitar con más claridad qué es el acoso laboral ante el incremento de las denuncias.

La entrada en funcionamiento desde junio de 2023 de los canales internos de denuncia en las empresas para informar de forma anónima sobre infracciones dentro de las compañías ha incrementado las reclamaciones de los trabajadores. El TSJM concluyó en una sentencia que el acoso laboral se caracteriza por la existencia de una real y efectiva situación de presión al trabajador, mediante actos tendenciosos que se reiteran en el tiempo. Asimismo, el TC también falló que deben concurrir tres situaciones: intencionalidad en la conducta, menoscabo y vejación. Los expertos señalan que en ocasiones las compañías no articulan bien las políticas de prevención del acoso y no ofrecen la información necesaria a los trabajadores. En muchos casos, están perdidas a la hora de instruir este tipo de expedientes y por ello recomienda que los externalicen para garantizar la objetividad.

Data publicació: 17/02/2026
Tornar al llistat

Aquest lloc web utilitza cookies pròpies per recopilar informació amb la finalitat de millorar els nostres serveis. Si continua navegant, suposa l'acceptació de la instal·lació de les mateixes. L'usuari té la possibilitat de configurar el seu navegador podent, si així ho desitja, impedir que siguin instal·lades en el seu disc dur, encara que haurà de tenir en compte que aquesta acció podrà ocasionar dificultats de navegació de la pàgina web.

Acceptar
Acceptar només cookies necessàries
Com configurar